Cómo Legalizar una Instalación de Autoconsumo Fotovoltaico

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El auge de la energía solar ha llevado a un aumento significativo en la adopción de instalaciones fotovoltaicas de autoconsumo en hogares y empresas. Pero, ¿qué implica legalizar estas instalaciones? ¿Es un proceso complejo? En este artículo, exploraremos los aspectos cruciales de cómo legalizar una instalación de autoconsumo fotovoltaico, desde las modalidades hasta la documentación requerida.

¿Es Obligatorio Legalizar una Instalación Fotovoltaica de Autoconsumo?

Sí, es necesario legalizar cualquier instalación fotovoltaica de autoconsumo conectada a la red eléctrica, tanto en viviendas particulares como en empresas. La legalización garantiza que la instalación cumple con las normativas vigentes y opera de manera segura y eficiente. Es crucial entender las distintas modalidades para asegurar una legalización adecuada.

Modalidades de Autoconsumo Fotovoltaico

1. Autoconsumo sin Excedentes:

En esta modalidad, la instalación está conectada a la red eléctrica pero cuenta con un dispositivo que evita el vertido de excedentes energéticos.

2. Autoconsumo con Excedentes:

Esta modalidad permite que la instalación vierta a la red eléctrica los excedentes de energía generada además de abastecer el consumo interno.

3. Autoconsumo con Compensación Simplificada de Excedentes:

Los excedentes no consumidos se vuelcan a la red, y el usuario recibe una compensación económica por parte de la comercializadora en la factura mensual.

4. Autoconsumo sin Compensación Simplificada de Excedentes:

En este caso, los excedentes se venden en el mercado eléctrico.

Pasos para Legalizar una Instalación Fotovoltaica de Autoconsumo

1. Estudio y Viabilidad:

Realizar un estudio detallado de la instalación y determinar su viabilidad es el primer paso esencial.

2. Documentación Requerida:

  • Menos de 10 kW: Memoria técnica.
  • Más de 10 kW: Proyecto técnico.
  • Licencia de obra y autorización municipal.
  • Solicitud de ayudas o subvenciones, si corresponde.

3. Ejecución de la Instalación:

La instalación se lleva a cabo siguiendo las pautas y regulaciones establecidas.

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4. Boletín o certificado de la instalación

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5. Solicitud de la Conexión Eléctrica a la empresa instaladora:

Solicitar una nueva conexión eléctrica a la empresa distribuidora es parte integral del proceso.

6. Registro Administrativo:

Completa el proceso de legalización mediante el registro administrativo correspondiente.

 

¿Qué tipos de legalización hay que realizar según modalidades de autoconsumo fotovoltaico?

Con la introducción del marco normativo del Real Decreto 244/2019, se han establecido diversas modalidades de autoconsumo fotovoltaico:

Modalidades de Autoconsumo Fotovoltaico:

  1. Autoconsumo sin Excedentes:
    • En esta modalidad, la instalación no vierte excedentes a la red eléctrica.
  2. Autoconsumo con Excedentes:
    • Incluye instalaciones con compensación simplificada de excedentes y aquellas sin compensación.

 

Requisitos para la legalización de Instalaciones sin Excedentes:

Cuando se trata de instalaciones de autoconsumo sin excedentes, el proceso de legalización es bastante directo. Simplemente se debe notificar a la comercializadora de energía de la zona sobre la instalación fotovoltaica en el inmueble.

Dado que no hay vertido a la red eléctrica, no se requieren permisos de acceso ni de conexión. Únicamente es necesario entregar al organismo competente de la Comunidad Autónoma el certificado de instalación junto con la memoria o proyecto técnico correspondiente.

La documentación a presentar variará según el tipo específico de instalación que se esté tratando. La simplicidad de este proceso ha allanado el camino para la adopción masiva de sistemas de autoconsumo fotovoltaico, fomentando así la transición hacia un futuro energético más sostenible.

Instalaciones en baja tensión

  •  Memoria técnica de diseño (Potencia < 10 kW) o proyecto y Certificado de dirección de obra (P>10 kW).
  • Certificado de instalación eléctrica.
  • Declaración responsable sobre la instalación, acompañada de las declaraciones UE de conformidad en español del fabricante de los inversores y/o equipos eléctricos instalados.
  • Documentación requerida para la evaluación del antivertido de energía a la red.
  • Certificado de inspección inicial (P> 25 kW)
  • Formulario de comunicación de datos.
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Instalaciones en alta tensión

  • Proyecto.
  • Certificado de instalación eléctrica.
  • Certificado de dirección de obra.
  • Declaración responsable sobre la instalación, acompañada de las declaraciones UE de conformidad en español del fabricante de los inversores y/o equipos eléctricos instalados.
  • Documentación requerida para la evaluación del antivertido de energía a la red.
  • Certificado de inspección inicial (P> 25 kW)
  • Contrato de mantenimiento
  • Hoja resumen de características.

 

Requisitos para Legalizar una Instalación Fotovoltaica con Excedentes:

  1. Fuente de Energía Renovable:
    • La fuente de energía primaria debe ser renovable, como los paneles fotovoltaicos.
  2. Potencia Total Limitada:
    • La potencia total de las instalaciones de producción asociadas no puede superar los 100 kW.
  3. Contrato Único de Suministro:
    • El consumidor debe tener un solo contrato de suministro para el consumo asociado y para los consumos auxiliares con una empresa comercializadora.
  4. Contrato de Compensación de Excedentes:
    • El consumidor y el productor asociado deben suscribir un contrato de compensación de excedentes de autoconsumo definido en el artículo 14 del Real Decreto.
  5. Ausencia de Régimen Retributivo Adicional:
    • La instalación de producción no debe recibir un régimen retributivo adicional o específico.

 

Documentación Requerida para la Legalización:

Instalaciones en Baja Tensión (Potencia < 100 kW):

  • Memoria técnica de diseño (Potencia < 10 kW) o proyecto y Certificado de dirección de obra (Potencia > 10 kW).
  • Certificado de instalación eléctrica.
  • Declaración responsable sobre la instalación, acompañada de las declaraciones UE de conformidad del fabricante.
  • Certificado de inspección inicial (Potencia > 25 kW).
  • Formulario de comunicación de datos.
  • Aceptación de condiciones técnicas y económicas de la conexión (Potencia > 15 kW o en suelo no urbanizado).
  • Documento del fabricante si se instalan inversores.
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Resto de Instalaciones de Producción (Potencia > 100 kW):

  • Proyecto.
  • Comunicación de aceptación de condiciones técnicas y económicas de la conexión emitidas por la compañía distribuidora.
  • Acreditación de la capacidad legal, técnica y económico-financiera para la realización del proyecto.
  • Hoja resumen de características.
  • Certificado de dirección de obra.
  • Certificado de instalación eléctrica.
  • Declaración responsable del titular sobre las concesiones, autorizaciones o permisos.
  • Declaraciones UE de conformidad del fabricante.
  • Certificado de inspección inicial (Potencia > 25 kW).
  • Contrato de mantenimiento.

Asegurando un Futuro Sostenible

La legalización de las instalaciones fotovoltaicas con excedentes es esencial para garantizar que el autoconsumo solar se desarrolle de manera segura y efectiva. Con el marco establecido por el Real Decreto 244/2019, se han allanado los caminos para una transición energética más sostenible y accesible. Sin embargo, es crucial que los usuarios estén completamente informados sobre los requisitos legales y procedimientos para evitar complicaciones y maximizar los beneficios del autoconsumo solar. La legalización no es solo un requisito burocrático; es la base para un futuro energético más limpio y responsable.

 

Alberto NÚÑEZ

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